Información General: Ayuntamiento de Jerez - Página oficial

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Información General

Aplicable a las terrazas de veladores que se instalen en los siguientes tipos de espacios del municipio de Jerez de la Frontera:

a) Espacios de titularidad y dominio público anexos o accesorios a establecimientos de hostelería y de ocio y esparcimiento.

b) Espacios de titularidad privada y uso público anexos o accesorios a establecimientos de hostelería y de ocio y esparcimiento.

c) Superficies privadas abiertas o al aire libre o descubiertas que formen parte de los establecimientos de hostelerá y de ocio y esparcimiento.

Ordenanza Municipal Reguladora de las Terrazas de Veladores

Estudio Acústico Municipal

Hoja informativa sobre la nueva Ordenanza

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