Información General
Aplicable a las terrazas de veladores que se instalen en los siguientes tipos de espacios del municipio de Jerez de la Frontera:
a) Espacios de titularidad y dominio público anexos o accesorios a establecimientos de hostelería y de ocio y esparcimiento.
b) Espacios de titularidad privada y uso público anexos o accesorios a establecimientos de hostelería y de ocio y esparcimiento.
c) Superficies privadas abiertas o al aire libre o descubiertas que formen parte de los establecimientos de hostelerá y de ocio y esparcimiento.