B.1. Apertura de Actividades por Declaración Responsable. General
1. IMPRESOS
1. Impreso Declaración Responsable Actividades de Servicios (DRAACT). Actividad sujeta a Declaración Responsable (inocuas o calificadas), salvo para las que deben sujetarse al impreso siguiente.
2. Impreso Declaración Responsable Actividades Recreativas y Espectáculos Públicos de carácter permanente o de temporada (DRAESP). Impreso obligatorio para actividades recreativas y espectáculos públicos de carácter permanente o de temporada (hostelería, ocio, esparcimiento…).
Impresos Obligatorios a Presentar, en su Caso:
4. Solicitud de Calificación Ambiental. Aperturas sujetas a DR, que no requieran obras, y sometidas al trámite de Calificación Ambiental (CA). Trámite previo a la presentación de la Declaración Responsable de Actividades (apartatos 1 ó 2).
Otros Impresos Complementarios:
6. Declaración Responsable del Técnico – aperturas (DRT-aperturas).
7. Justificación de cumplimiento de las condiciones estéticas del PGOU en el Conjunto Histórico.
8. Declaración del Técnico sobre prescripción de plazo para exigir legalización (DRT-prescripción).
2. INFORMACIÓN Y TIPOS
Se incluyen en este procedimiento las actividades, sean calificadas o inocuas, que pueden iniciarse mediante Declaración Responsable según la normativa sectorial y la Ordenanza municipal reguladora de Autorizaciones Municipales Previas y de Declaraciones Responsables para la apertura de actividades de servicios.
Desde el momento de la presentación de la Declaración Responsable debidamente cumplimentada puede comenzar a desarrollarse la actividad.
A cada tipo de actividad se asocia un impreso, imprescindible para cumplimentar la Declaración Responsable.
Elegir el impreso correcto es fundamental, por tanto. Si se elige un impreso que no sea el correcto, la Declaración no estará bien hecha y no podrá empezarse la actividad, y si se empieza se exigirá su suspensión con las responsabilidades que implique según normativa.
Los expedientes y sus impresos relacionados con Declaraciones Responsables de Aperturas (por sus iniciales DRA) son dos:
1. DRAACT: aperturas de actividades. DESCARGAR IMPRESO. En resumen:
a. En general, las actividades cuya normativa sectorial de aplicación permitan la puesta en funcionamiento mediante la Declaración Responsable de apertura.
b. Actividades recogidas en el listado de la Ley 12/2012 con superficie útil de exposición y venta al público no superior a 750 m2. (acceso a listado de actividades ley 12/2012 - ver anexo al final del documento).
c. Actividades que requieran autorización o informe sectorial preceptivo, debiendo aportarlo junto al impreso de Declaración Responsable (actividades sanitarias, acompañando autorización de funcionamiento por parte de la Consejería de Salud; o actividades sujetas a Calificación Ambiental (CA), aportando la referencia de la resolución de Calificación Ambiental ya obtenida, por ejemplo).
2. DRAESP: aperturas de actividades recreativas y espectáculos públicos permanentes o de temporada (bares, restaurantes, salones de celebraciones...) DESCARGAR IMPRESO.
Son las recogidas en el anexo del Decreto 155/2018, de 31 de julio, por el que se aprueban el Nomenclátor y el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y que pretenden realizarse con carácter permanente o de temporada:
a) Permanentes: Son aquellos que se celebren o desarrollen de forma habitual e ininterrumpida en establecimientos públicos fijos, sometidos a declaración responsable de apertura ante el Ayuntamiento.
b) De temporada: Son aquellos que se celebren o desarrollen en establecimientos públicos fijos sometidos a declaración responsable de apertura ante el Ayuntamiento o en establecimientos eventuales sometidos a autorización de instalación municipal, durante períodos de tiempo superiores a seis meses e inferiores a un año.
- CONDICIÓN PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN RESPONSABLE DRAESP (una de las tres):
I. Haber presentado Declaración Responsable de Utilización de las obras de adaptación de local al uso pretendido, en su caso (pueden presentarse simultáneamente).
II. En caso de no requerir Utilización, haber obtenido la resolución de Calificación Ambiental o del instrumento de prevención ambiental que corresponda.
III. Que la nueva actividad no cambie la actividad calificada existente, ni aumente sustancialmente los efectos ambientales.
- NO SE ADMITE DECLARACIÓN RESPONSABLE para actividades extraordinarias u ocasionales (las que se celebran en una sola fecha o en varias, pero por un periodo no superior a 6 meses), que deben solicitar y obtener Autorización Municipal Previa.
3. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
A. Impreso normalizado.
B. Documentación obligatoria indicada en el impreso.
C. Documentación esencial según normativa sectorial.
D. Documentación complementaria presentada de forma voluntaria que detalle la actividad y acredite el cumplimiento de lo declarado.
4. ENLACE AL APARTADO DE INFORMACIÓN GENERAL SOBRE DECLARACIONES RESPONSABLES