Observaciones Generales para la Tramitación
1.- CANALES DE PRESENTACIÓN:
• Presencial: Sólo para personas físicas (que no sean profesionales de colegiación obligatoria).
Presentando el DNI original o cualquier otro documento válido, y en caso de actuarse por medio de representante, aportando la acreditación de dicha representación. Si el representante no es una persona física, deberá utilizarse la Sede Electrónica.
• Sede electrónica: Requiere certificado digital.
• ¿Se utilizará el certificado digital del titular de la actividad?
• SÍ: acceda a TRÁMITES.
• NO: acceda a REGISTRO ELECTRÓNICO (actuará un representante con su propio certificado digital).
• Si necesita ayuda puede llamar al teléfono 956 149 600, extensión 1, o bien rellenar este formulario.
• Si tiene algún problema informático, puede solicitar ayuda al Servicio Municipal de Informática.
• Un envío por correo electrónico no es un medio válido, porque no acredita la identidad del solicitante.
2.- TIPOS DE TRAMITACIÓN:
• Debe elegirse el trámite correcto, según la intervención que se pretende:
• Licencia Urbanística
• Se solicita y debe esperarse a obtener la licencia para realizar la actuación.
• Edificaciones de nueva planta, parcelaciones urbanísticas ... (artículo 137 de la LISTA).
• Autorización Municipal Previa de Actividades
• Se solicita y debe esperarse a obtener la autorización para iniciar la actividad.
• Actividades ocasionales y extraordinarias de espectáculos públicos o actividades recreativas, entre otras.
• Declaración Responsable:
• Se presenta con la documentación obligatoria, y puede comenzarse inmediatamente la actuación.
• Obras que no modifiquen la volumetría ni el nº de viviendas, ocupaciones de vía pública con contenedores o andamios vinculados a obras autorizadas... (artículo 138 de la LISTA), apertura de actividades...
• Comunicación Previa:
• Prórrogas de plazos de licencias.
• Cambios de titularidad de aperturas o de licencias o declaraciones responsables de obras.
3. TRAMITACIÓN DE LICENCIAS URBANÍSTICAS:
Documentación Incompleta:
En el momento de la presentación de la solicitud se debe aportar toda la documentación requerida para el trámite que se solicita. En caso contrario, se dispondrá de 10 días para completar la documentación requerida. Transcurrido dicho plazo, se tendrá por desistida dicha petición y se procederá al archivo del expediente, liquidándose las tasas correspondientes, según las ordenanzas fiscales vigentes.
Plazos:
Plazo máximo para la resolución y notificación del procedimiento: el establecido en el art. 140.2 LISTA (3 meses). El cómputo de este plazo se interrumpirá por los siguientes motivos:
- Plazos para la subsanación de deficiencias en la solictud.
- Períodos preceptivos de información pública establecidos por la legislación sectorial y suspensión del otorgamiento de licencias.
- Plazos para la concesión de autorizaciones o emisión de informes preceptivos conforme a la normativa urbanística o a la legislación sectorial.
Efectos de la Falta de Resolución Expresa:
El transcurso del plazo máximo sin haberse notificacdo resolución expresa legitima a los interesados para entenderla estimada, salvo los supuestos previstos en la legislación estatal. No obstante, en ningún caso podrán adquirirse por silencio administrativo facultades o derechos contrarios a la normativa territorial o urbanística (artículo 140.2 de la LISTA).
4. PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES RESPONSABLES Y COMUNICACIONES:
ENLACE AL APARTADO CORRESPONDIENTE.
5.- REPRESENTACIÓN
En caso de actuar mediante representante, deberá acreditarse la representación según art. 5.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La declaración responsable debe firmarla el interesado o su representante legal.
No es representante legal la constructora o el técnico contratado para la ejecución de la obra o el proyecto, por ejemplo.
6.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Será la exigida por la normativa vigente (PGOU, normativa sectorial) para cada procedimiento.
Puede consultarla para cada caso en la sección correspondiente dentro de este apartado Trámites.
Firma de la Documentación:
1. Los documentos que deban firmarse y que se presenten en formato digital deben estar firmados digitalmente. No son válidos los documentos que se presenten con la firma manual pero escaneada y copiada en el documento.
2. Si el documento se presenta en papel, la firma debe ser manual o electrónica, no escaneada.
Requisitos del Proyecto o Memoria Técnica:
3. El proyecto y la memoria técnica que detallen la intervención deben presentarse en soporte digital.
4. Si se presenta presencialmente, la documentación digital debe entregarse en CD/DVD.
5. Los proyectos y memorias técnicas han de presentarse en un único fichero PDF sin restricciones de seguridad, firmado digitalmente (proyecto básico o memoria técnica) o visado (proyecto de ejecución).
6. El proyecto debe ajustarse al contenido mínimo obligatorio establecido por el Código Técnico de la Edificación y a las indicaciones del Colegio Profesional correspondiente.
7. Es fundamental incluir en la Memoria descriptiva un apartado de justificación del planeamiento vigente.
8. Si se presenta proyecto básico o memoria técnica, debe acompañarse de la acreditación de la habilitación profesional correspondiente.
7. TASAS E IMPUESTOS.
Se aplicarán las tasas correspondientes por la tramitación de cada expediente, según las ordenanzas fiscales vigentes.
Para los casos de construcciones, instalaciones y obras, además de las tasas por la tramitación de licencias, será de aplicación el ICIO (Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras, que puede consultarse en las ordenanzas fiscales vigentes).