¿Para qué el CONSEJO LOCAL del MOTOR?
El Consejo Local del Motor tiene las siguientes funciones:
1. Asesorar al municipio en relación con los diferentes programas y actuaciones que puedan desarrollarse relacionadas con el automovilismo, el motociclismo y el mundo del motor, en general, debiendo concretarse este cometido en un dictamen anual al plan de actuación municipal en dicha materia.
2. Desplegar y asegurar la existencia de los mecanismos necesarios para facilitar la más amplia información ciudadana en relación a las políticas públicas relativas al sector del motor.
3. Promover y fomentar el asociacionismo, las relaciones entre colectivos ciudadanos, la implicación ciudadana voluntaria y la cooperación entre entidades y gobierno local en materia relativa al mundo del motor.
4. Actuar como instancia de dinamización y seguimiento de los procesos participativos que puedan abrirse en relación a las políticas públicas locales en materia relativa al sector del motor.
5. Asegurar la implicación de los sectores sociales y asociaciones representados en el Consejo en procesos de participación estructurados a cuestiones de interés general de la ciudad.
6. Velar por su coordinación con los restantes órganos y estructuras de participación instituidas en la ciudad.
7. Impulsar programas de formación y autoformación para la participación en beneficio de los/as integrantes del Consejo y de las entidades y sectores sociales representados en su seno.
8. Desarrollar y aplicar mecanismos de autoanálisis y evaluación de sus propios rendimientos como espacios de participación.
9. Cooperar con las Entidades públicas y privadas en el desarrollo de programas, actividades y campañas informativas y de divulgación relacionadas con el mundo del motor.
10. Promover el desarrollo, seguimiento y evaluación de los objetivos relacionados con el sector del motor, previstos en los distintos planes de actuación aprobados por las Administraciones Públicas.
11. Conocer y evaluar los resultados de la gestión de los recursos que se desarrollen para el desarrollo de dicho sector y proponer la adopción de medidas para su mejora.
12. Promover estudios e investigaciones sobre aspectos relacionados con la situación y calidad de vida de los colectivos que practican deportes del motor, con especial incidencia el aquellos que supongan propuestas de mejora para la seguridad vial.
13. Promover las actuaciones y medidas que impulsen y fomenten el voluntariado en actividades y acontecimientos deportivos relacionados con el motor.
14. Elaborar y remitir propuestas e informes a las distintas Administraciones Públicas en materias relacionadas con el mundo del motor, cuando sean solicitados por aquellas o así lo acuerde el Consejo.
15. Asesorar e informar a entidades supramunicipales relacionadas con los deportes del motor sobre aquellas materias que les sean sometidas, y que estén relacionadas con el mundo del motor.
16. Favorecer la participación activa de todas las personas que integran los colectivos con presencia en el mundo del motor, actuando como interlocutor ante los poderes públicos.
17. Fomentar el asociacionismo de las personas que se dedican al automovilismo, el motociclismo y otros deportes relacionados con el motor, prestando a las organizaciones del segmento el apoyo técnico que precisen para potenciar su presencia y participación en la sociedad.
18. Promover el cuidado, mantenimiento y desarrollo de las instalaciones y centros deportivos relacionados con el mundo del motor, y proponer mejoras de dichas infraestructuras.
19. Participar y mantener las relaciones con los órganos y consejos de carácter consultivo sobre automovilismo, motociclismo y deportes del motor que se constituyan en el ámbito de otras Administraciones Públicas.
20. Representar y velar por los intereses de los deportistas y asociaciones culturales y deportivas del motor ante las Entidades públicas y privadas.