Consejo Local de Bienestar Social: Ayuntamiento de Jerez - Página oficial

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Consejo Local de Bienestar Social

¿Conoces el Consejo?

Es unórgano de participación sectorial, de consulta y asesoramiento en cuestiones relativas a la atención y promoción del bienestar social de la familia e infancia, personas mayores y/o con discapacidad, la prevención de las drogodependencias y la discriminación, el desarrollo rural y urbano.

¿Quiénes lo componen?

Asociaciones, grupos, colectivos u organizaciones que trabajen en el marco de los servicios sociales.

Requisitos: Estar legalmente constituidas, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones u otro que proceda, y desarrollar su actividad en el ámbito territorial de Jerez.

¿Qué funciones tiene?

La composición y funcionamiento del Consejo Local de Bienestar Social se rige por su propio Reglamento.

En consecuencia con su dimensión como órgano de participación ciudadana en la esfera pública local, el Consejo Local de Bienestar Social ejercerá las funciones siguientes:

  • Asesorar al Municipio en relación con los diferentes programas y actuaciones que puedan desarrollarse en materia de Bienestar Social debiendo concretarse este cometido en un dictamen anual al plan de actuación municipal en dicha materia
  • Desplegar y asegurar la existencia de los mecanismos necesarios para facilitar la más amplia información ciudadana en relación a las políticas públicas en materia de Bienestar Social
  • Promover y fomentar el asociacionismo, las relaciones entre colectivos ciudadanos, la implicación ciudadana voluntaria y la cooperación entre entidades y gobierno local en materia de Bienestar Social
  • Actuar como instancia de dinamización y seguimiento de los procesos participativos que puedan abrirse en relación a las políticas públicas locales en materia de Bienestar Social
  • Asegurar la implicación de los sectores sociales y asociativos representados en el Consejo en procesos de participación estructurados a cuestiones de interés general de la ciudad
  • Velar por su coordinación con los restantes órganos y estructuras de participación instituidas en la ciudad
  • Impulsar programas de formación y autoformación para la participación en beneficio de los-as miembros integrantes del Consejo y de las entidades y sectores sociales representados en su seno
  • Desarrollar y aplicar mecanismos de autoanálisis y evaluación de sus propios rendimientos como espacios de participación

¿Qué actuaciones realiza?

  • El Pleno del Consejo fija las líneas generales de actuación y elabora todo tipo de normas internas que completen y no contradigan su Reglamento
  • Propone anualmente un programa de actuación que contempla objetivos, necesidades y actividades a desarrollar, que pasan a formar parte dentro del presupuesto de la Dirección General de Bienestar Social
  • Aprobar la Memoria Anual
  • Designar las Comisiones de trabajo que se estimen convenientes para temas concretos, así como los integrantes de las mismas
  • Presentar iniciativas, propuestas, sugerencias y quejas al Ayuntamiento, para ser discutidas en las Comisiones Informativas
  • Conocer y presentar sugerencias al Programa Anual de actuación y al Presupuesto de la Dirección General de Bienestar Social
  • Ser informado de las decisiones que se tomen en las Comisiones Informativas y, en su caso, de las adoptadas por la Junta de Gobierno Local, Alcaldía y Pleno, respecto de aquellos temas de su ámbito
  • Para el desarrollo de estas funciones, y en particular para la elaboración de dictámenes, los miembros de este Consejo habilitarán los procesos de trabajo que consideren oportunos, pudiendo solicitar la participación de expertos en la materia, así como recabar la información asistencia técnica y administrativa que sea precisa
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