Inscripción en el Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andalucía
La comunicación al Registro del comienzo y la finalización de la actividad comercial, así como de la modificación de los datos que figuren en el Registro, será obligatoria para aquellas personas físicas o jurídicas que ejerzan una actividad comercial en Andalucía.
La actividad comercial es el ejercicio profesional de la actividad de adquisición de productos para su reventa, mayorista o minorista, incluidas las desarrolladas en ferias comerciales y las efectuadas sin tener establecimiento comercial.
El registro consta de seis secciones, destinadas a:
Establecimientos mayoristas.
Minoristas sin establecimiento comercial.
Minoristas con establecimiento comercial permanente, que no tengan la consideración de grandes superficies minoristas.
Grandes superficies minoristas.
Licencias municipales de obras de grandes superficies minoristas.
Licencias de grandes superficies minoristas con arreglo a la normativa anterior a la Ley 3/2010.
Este trámite está disponible para Autónomos y Sociedades.
Excepciones: Venta ambulante, personas registradas en otra Comunidad Autónoma o Estado miembro de la Unión Europea.
El trámite se realiza telemáticamente a través del siguiente enlace: