APROBACIÓN LOS LISTADOS PROVISIONALES DE CANDIDATOS Emple@45+ EN LAS OCUPACIONES; Peón de la construcción
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Jerez, en sesión celebrada el lunes 25 de mayo de 2020, ha adoptado los siguientes Acuerdos
Relativos a la Iniciativa de Cooperación Local incluida en la Orden de 20 de julio de 2018, en el marco del Programa de Fomento del Empleo Industrial y Medidas de Inserción Laboral en Andalucía, y financiada a través del Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2014-2020 Andalucía (POFSEA), en desarrollo del Decreto 192/2017, de 5 de diciembre, que subvenciona la contratación de personas desempleadas por parte de los Ayuntamientos:
Selección provisional de candidatos, desempleados mayores de 45 años y con preferencia para los de más de 55 años, para cubrir 11 puestos de Peón de la construcción (código de identificación de Oferta, 01-2020-9169), para trabajar en la obra "Proyecto integral de mejora y embellecimiento de espacios públicos - Programa de mejora de espacios públicos".
Ocupación ofertada: Peón de la construcción.
Código de identificación de la Oferta: 01-2020-9169.
Candidaturas propuestas1:
1ª) SOL ***4997**. 2ª) MAR ***0014**. 3ª) COR ***6751**. 4ª) ORT ***3630**. 5ª) ROM ***4918**. 6ª) CAR ***0588**. 7ª) PER ***5101**. 8ª) VEG ***0411**. 9ª) FRA ***2813**. 10ª) DEL ***2250**. 11ª) MAR ***9780**.
Candidaturas suplentes:
1ª) PER ***2351**. 2ª) COB ***9320**. 3ª) RIQ ***2372**.
Esta propuesta provisional de selección se elevará a definitiva transcurridos 5 días naturales desde su publicación, en caso de no haberse presentado reclamaciones a las mismas, haber sido éstas desestimadas o no afectar al resultado final del proceso.
En Jerez de la Frontera, a 25 de mayo de 2020.
1En cumplimiento de la normativa relativa a "Protección de Datos", la identificación de cada una de las personas que deban ser objeto de publicación o exposición pública en relación con resoluciones y/o acuerdos adoptados en el marco del presente expediente administrativo, se hará indicando tan solo las tres letras iniciales de sus primeros apellidos y aplicando el criterio más extendido de anonimización de sus respectivos NIF.